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martes, 17 de mayo de 2011

Tema 3:Estructura orgánica del centro escolar

Aqui dejo una página en donde podreis aclarar cualquier duda que surga sobre los distintos órganos de un centro escolar.


Bueno con el fin de entender la estructura orgánica os dejo un resumen de los 3 órganos existentes y de lo que estan formados cada uno de ellos con el fin de que podais entenderlo y tenerlo en la cabeza de manera organizada y clara. 

ÓRGANOS DE GOBIERNO
1)Unipersonales 
-Director/a
COMPETENCIAS:
a)    Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Escolar del centro y a su Claustro de Profesores.
b)    Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas.
c)    Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes.
d)    Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro, controlar la asistencia al trabajo y velar por el cumplimiento de las normas de régimen interno que afecten al personal docente y no docente adscrito al centro.
e)    Convocar y presidir los actos académicos y las reuniones de todos los órganos colegiados del centro, así como de la Comisión de Coordinación Pedagógica, y ejecutar los acuerdos de los órganos colegiados en el ámbito de su competencia, decidiendo con voto de calidad en caso de empate.
f)    Gestionar los medios materiales del centro.
g)    Administrar los ingresos, autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro, ordenar los pagos, efectuar las adquisiciones de mobiliario y equipamiento, en el marco de las competencias que la normativa vigente atribuye a los centros, rindiendo cuentas ante las autoridades correspondientes, y visar las certificaciones y documentos oficiales del centro.
h)    Designar al Jefe de Estudios y al Secretario, así como a cualquier otro órgano unipersonal de gobierno que pueda formar parte del equipo directivo, y proponer sus nombramientos y ceses.
i)    Designar a los Coordinadores de ciclo, a los Tutores y a los Coordinadores de etapa, en su caso, así como cesar a los Coordinadores de ciclo y/o de etapa, de acuerdo con el procedimiento establecido en este Reglamento.
j)    Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la correcta ejecución de sus respectivas competencias.
k)    Elaborar, junto con el resto del Equipo Directivo, la propuesta del Proyecto Educativo de Centro y de la Programación General Anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el Consejo Escolar y con las propuestas formuladas por el Claustro y por las Asociaciones de Padres y Madres de alumnos, así como velar por su correcta aplicación.
l)    Facilitar la adecuada coordinación con los centros educativos del Distrito.
m)    Proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes.
n)    Facilitar información sobre la vida del Centro a los distintos sectores de la comunidad escolar.
ñ)    Supervisar los asuntos relacionados con la gestión del comedor escolar, en los términos previstos en el Decreto Foral 246/1991, de 24 de julio, y en las instrucciones de desarrollo del mismo, con facultad de dictar directrices para corregir situaciones de funcionamiento anormal del servicio. Supervisar los asuntos relativos al transporte escolar. Adoptar resoluciones sobre el uso de las instalaciones de los centros.
o)    Favorecer la convivencia en el centro y velar por la aplicación del procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes, lo dispuesto en el Reglamento de Régimen Interior y en cumplimiento de los criterios fijados por el Consejo Escolar.
p)    Asignar provisionalmente el horario al profesorado, elaborado previamente por la Jefatura de Estudios, hasta su aprobación definitiva por el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.
q)    Otorgar al personal del centro permisos y licencias, en los términos que establezca al efecto el Departamento de Educación y Cultura.
r) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con las disposiciones vigentes.
s)    Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del centro y colaborar con la Administración educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo.
t)    Elevar al Departamento de Educación y Cultura la Memoria anual sobre las actividades y la situación general del Centro.
u)    Promover e impulsar las relaciones del Centro con su entorno.
v)    Garantizar el derecho de reunión del profesorado, alumnado, padres y madres de alumnos y personal de administración y servicios.
-Jefe de estudios 
COMPETENCIAS:
a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su
autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo
relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de
orientación y complementarias de maestros y alumnos en
relación con el proyecto educativo, los proyectos
curriculares de etapa y la programación general anual y,
además, velar por su ejecución.
d) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos
unipersonales, los horarios académicos de alumnos y
maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el
claustro y con el horario general incluido en la
programación general anual, así como velar por su estricto
cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su
caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan
de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del
claustro en el centro de profesores y recursos, las
actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como
planificar y organizar las actividades de formación de
profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Fomentar la participación de los distintos sectores de
la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al
alumnado, facilitando y orientando su organización.
j) Participar en la elaboración de la propuesta de
proyecto educativo y de la programación general anual,
junto con el resto del equipo directivo.
k) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el
procedimiento para imponer las correcciones que
correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo
establecido en el reglamento de régimen interior y los
criterios fijados por el consejo escolar.
l) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los
períodos de recreo y en otras actividades no lectivas.
m) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por
el Director dentro del ámbito de su competencia.
-Secretario/a
COMPETENCIAS: 
a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de
conformidad con las directrices del Director.
b) Actuar como Secretario de los órganos colegiados de
gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe
de los acuerdos con el visto bueno del Director.
c) Custodiar los libros y archivos del centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las
autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo
actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios,
informáticos, audiovisuales y del resto del material
didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su
autoridad, la jefatura del personal de administración y de
servicios adscrito al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad
con las instrucciones del Director, realizar la
contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades
correspondientes.
j) Participar en la elaboración de la propuesta de
proyecto educativo y de la programación general anual,
junto con el resto del equipo directivo.
k) Velar por el mantenimiento material del centro en todos
sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del Director.
l) Cualquier otra función que le encomiende el Director
dentro de su ámbito de competencia.
2) Colegiados
-Claustro(profesores del centro)
Integrado por los 27 profesores del Centro.
COMPETENCIAS: 
a) Formular al equipo directivo propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.
b) Aprobar y evaluar los proyectos curriculares y los aspectos docentes, conforme al proyecto educativo del centro, de la programación general del centro.
c) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagágica y en la formación del profesorado del centro.
d) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro.
e) Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos.
f) Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos.
g) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo.
h) Cualquiera otra que le sea encomendada por los respectivos reglamentos orgánicos.

-Consejo escolar
COMPETENCIAS: 
a) Aprobar y evaluar los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo
II del título V de la presente Ley.
b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro sin perjuicio de
las competencias del Claustro de profesores, en relación con la planificación y
organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos de dirección
presentados por los candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la
presente Ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás
miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros,
adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la revocación del nombramiento
del director.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en esta
Ley y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan a
la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el
director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente
la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores,
podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas
oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro,
la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en
todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Promover la conservación y renovación de las instalaciones y equipo escolar
y aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo
establecido en el artículo 122.3.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales,
con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas en
las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición de la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de
la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados
con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por la Administración educativa.
ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE 

1) Coomisión de coordinación pedagógica
(Aqui se coordinan las lineas generales de actuacion pedagógica del centro)
-Director(el presidente)
- Jefe de estudios
-Coordinadores de ciclo(son 4)
COMPETENCIAS: 
a) Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de
etapa.
b) Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los
proyectos curriculares de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto
educativo.
c) Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial.
d) Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones
curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales.
e) Proponer al claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación.
f) Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa.
g) Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de
acuerdo con la Jefatura de Estudios.
h) Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los
aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del
aprendizaje y el proceso de enseñanza.
i) Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las
evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración
educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de
dichas evaluaciones.
j) Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa y elevar a la comisión de
coordinación pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el equipo de ciclo.
k)Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo.
l) Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto curricular de
etapa.
m) Aquellas otras funciones que le encomiende el jefe de estudios en el área de su competencia,
especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades
complementarias.
2)Equipos de ciclo
-Los maestros(imparten docencia a un mismo grupo de alumnos, son los órganos básicos encargados de organizar, desarrollar, bajo la supervisión del jefe de estudios, las enseñanzas propias del ciclo)
-Los especialistas
COMPETENCIAS: 
a) Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativas a la elaboración del proyecto
educativo y de la programación general anual.
b) Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración de los
proyectos curriculares de etapa.
c) Mantener actualizada la metodología didáctica.
d) Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares.
3)Tutorías 
-Tutor(designado por el director a propuesta del jefe de estudios)

ÓRGANOS DE REPRESENTACION EN EL CENTRO 
-El consejo escolar
-AMPA
COMPETENCIAS
1.- Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual.
2.- Informar al Consejo Escolar de aquellos aspectos de la marcha del Centro que consideren oportuno.
3.- Informar a todos los miembros de la comunidad educativa de su actividad.
4.- Recibir información del Consejo Escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas.
5.- Elaborar propuestas para el Consejo Escolar a iniciativa propia o a petición de este.
6.- Elaborar propuestas para la realización de actividades complementarias.
7.- Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior.
8.- Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el Consejo Escolar.
9.- Recibir un ejemplar del listado de libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro.
10.- Recibir un ejemplar del Proyecto Educativo, del Proyecto Curricular y de sus modificaciones.
11.- Fomentar la colaboración entre los padres y profesores del centro para el buen funcionamiento del mismo.
12.- Utilizar las instalaciones del Centro en los términos que establezca el Consejo Escolar.






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